El despido de un trabajador puede ser justificado o injustificado. Tratándose de un despido justificado los artículos 40 y 48 de la Ley Federal del Trabajo te hablan de la reinstalación o la indemnización.
El despido es justificado cuando el patrón tiene causa legal para revocar el contrato laboral y puede comprobarlo en caso de juicio, de igual manera no estará obligado a indemnizarlo y mucho menos a reinstalarlo. En caso de existir causa legal, el patrón tiene la obligación de comunicar por escrito al trabajador las causas del despido, de no hacerlo por este medio y que sea considerado como prueba ante juicio, entonces se considerará como despido injustificado.
Cuando una empresa atraviesa una situación financiera complicada, optan por el recorte de personal. Cuando desafortunadamente hay despido el trabajador se ve afectado en sus finanzas personales, puesto que en sus planes no estaba quedarse desempleado.
La Ley Federal del Trabajo otorga derechos al trabajador y destacan:
* Gozar de tres meses de salario por concepto de indemnización.
* La prima de antigüedad, que consiste en el pago de 12 días de salario por cada año trabajado, considerando como base para el pago de esta prestación el doble del salario mínimo, en caso de que el salario percibido sea mayor a este.
De igual manera la ley establece el pago proporcional de los siguientes derechos.
* Aguinaldo
* Prestaciones generadas y aun no cubiertas.
* Vacaciones y Prima Vacacional
* Reconocimiento de antigüedad (cabe mencionar que en el caso de que se entable un juicio laboral, la empresa debe considerar la antigüedad)
* Salarios escalafonarios.
* Salarios caídos.
* Pago de aportaciones al Sistema de Ahorro para el Retiro.
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